jueves, 5 de diciembre de 2019

Funciones del SRI

  1. Ejecutar la política tributaria aprobada por el Presidente de la República;
  2. Efectuar la determinación, recaudación y control de los tributos internos del Estado y de aquellos cuya administración no esté expresamente asignada por Ley a otra autoridad;
  3. Preparar estudios respecto de reformas a la legislación tributaria;
  4. Conocer y resolver las peticiones, reclamos, recursos y absolver las consultas que se propongan, de conformidad con la Ley;
  5. Emitir y anular títulos de crédito, notas de crédito y órdenes de cobro;
  6. Imponer sanciones de conformidad con la Ley;
  7. Establecer y mantener el sistema estadístico tributario nacional;
  8. Efectuar la cesión a título oneroso, de la cartera de títulos de crédito en forma total o parcial, previa autorización del Directorio y con sujeción a la Ley;
  9. Solicitar a los contribuyentes o a quien los represente cualquier tipo de documentación o información vinculada con la determinación de sus obligaciones tributarias o de terceros, así como para la verificación de actos de determinación tributaria, conforme con la Ley; y,
  10. Las demás que le asignen las leyes.

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